ISSN 3103-1129
Septiembre, 2026
Edición Especial. Vol. 4, No. 8, 11-23
https://doi.org/10.53877/rkdvmc92
KIRIA, 4(8), 2026 Revista Científica Multidisciplinaria
https://revistasfiecyt.com/index.php/kiria
Las garantías del debido proceso en el caso niños de las Malvinas
The guarantees of due process in the case of the children of the Malvinas
Lenin Omar Vega Flores
Universidad Tecnológica Indoamérica. Ecuador.
Lvega6@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0009-0008-0622-8352
Fecha de recepción: 22 de julio de 2026
Fecha de aceptación: 16 de agosto de 2026
Fecha de publicación: 15 de septiembre de 2026
Como citar: Vega Flores, L. O. (2026). Las garantías del debido proceso en el caso niños de las Malvinas. KIRIA:
Revista Científica Multidisciplinaria. 4(8), pp. 11-23. https://doi.org/10.53877/rkdvmc92
RESUMEN
El caso de los Niños de Las Malvinas generó un amplio debate jurídico y social en Ecuador
debido a las presuntas vulneraciones de derechos fundamentales durante la actuación de
agentes estatales, convirtiéndose en un referente para el análisis de las garantías del debido
proceso y de las obligaciones del Estado en la protección de los derechos humanos. La
investigación tuvo como objetivo analizar el alcance de las garantías del debido proceso
aplicables al caso, a partir del marco constitucional ecuatoriano y de los estándares
desarrollados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Se empleó un enfoque
cualitativo, sustentado en investigación documental, mediante el análisis de normativa,
doctrina y jurisprudencia relacionadas con el debido proceso y la responsabilidad estatal. El
principal hallazgo evidencia que la observancia de las garantías procesales constituye un
presupuesto indispensable para la protección de los derechos fundamentales, y que su
inobservancia compromete la responsabilidad del Estado, haciendo necesaria la adopción de
medidas orientadas a garantizar la verdad, la justicia, la reparación integral y la no repetición.
PALABRAS CLAVE: debido proceso, derechos humanos, responsabilidad del Estado,
garantías procesales, tutela judicial efectiva.
ABSTRACT
The "Niños de Las Malvinas" case sparked a broad legal and social debate in Ecuador
regarding alleged violations of fundamental rights during the actions of state agents,
becoming a benchmark for analyzing due process guarantees and State obligations concerning
human rights protection. This study aimed to analyze the scope of due process guarantees
applicable to the case, based on the Ecuadorian constitutional framework and standards
developed by the Inter-American Human Rights System. A qualitative approach was
employed, grounded in documentary research and the analysis of regulations, legal doctrine,
and jurisprudence related to due process and state liability. The main finding demonstrates
that adherence to procedural guarantees is an indispensable prerequisite for protecting
fundamental rights; failure to observe them engages State liability, necessitating the adoption
of measures to ensure truth, justice, comprehensive reparation, and non-repetition.
KEYWORDS: due process, human rights, state responsibility, procedural safeguards,
effective judicial protection.
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INTRODUCCIÓN
El debido proceso constituye una garantía esencial dentro del Estado constitucional de
derechos y justicia, debido a que establece límites al ejercicio del poder público y asegura que
toda actuación estatal se realice conforme a los principios de legalidad, seguridad jurídica,
imparcialidad y respeto de los derechos fundamentales. Su protección no se restringe
únicamente a los procesos judiciales, sino que se extiende a cualquier actuación administrativa
o estatal capaz de generar afectaciones en los derechos de las personas. Desde esta perspectiva,
el debido proceso se configura como un mecanismo indispensable para evitar arbitrariedades
y garantizar una actuación pública ajustada a los estándares constitucionales y de derechos
humanos (Alcázar-Del Castillo et al., 2024; Silva Medina & Pozo Cabrera, 2024).
La importancia de las garantías del debido proceso adquiere una mayor dimensión
cuando se analizan hechos relacionados con presuntas violaciones de derechos humanos en
las que existe una posible participación de agentes estatales. En estos casos, el Estado no solo
tiene el deber de abstenerse de vulnerar derechos, sino también la obligación positiva de
investigar los hechos con diligencia, proteger a las víctimas y garantizar mecanismos efectivos
de acceso a la justicia. En consecuencia, la tutela judicial efectiva se convierte en un elemento
indispensable para alcanzar el esclarecimiento de la verdad y evitar situaciones de impunidad
frente a afectaciones graves de derechos fundamentales (López Domínguez, 2024; Domínguez
Vásquez, 2023).
En el contexto ecuatoriano, el caso de los Niños de Las Malvinas, ocurrido en
diciembre de 2024, representa un acontecimiento de alta trascendencia jurídica y social,
debido a las presuntas vulneraciones de derechos humanos derivadas de la actuación de
miembros de las Fuerzas Armadas durante la desaparición y posterior fallecimiento de cuatro
menores de edad. La gravedad de los hechos y las circunstancias en las que se desarrolló la
investigación generaron cuestionamientos respecto del cumplimiento de las obligaciones
estatales relacionadas con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, la
investigación con debida diligencia y la determinación de responsabilidades frente a posibles
actuaciones arbitrarias de agentes públicos (Cadena-Freire & Bermúdez-Santana, 2023).
La desaparición forzada constituye una de las violaciones más graves a los derechos humanos,
debido a que implica la afectación simultánea de múltiples derechos, entre ellos la libertad
personal, la integridad física y psicológica, la seguridad jurídica y, en determinadas
circunstancias, el derecho a la vida. Frente a estos hechos, el Estado tiene la obligación de
adoptar medidas eficaces de prevención, investigación, sanción y reparación, considerando
que la protección de los derechos fundamentales no culmina con la determinación de
responsabilidades, sino que también requiere garantizar una reparación integral y medidas
que eviten la repetición de acontecimientos similares (Toro Paredes & Redrobán Barreto,
2022).
En este sentido, el análisis del caso de los Niños de Las Malvinas permite reflexionar
sobre la efectividad de las garantías del debido proceso frente a graves vulneraciones de
derechos humanos y sobre el alcance de la responsabilidad estatal en la protección de las
víctimas y sus familiares. Por ello, el presente artículo tiene como objetivo analizar las
garantías del debido proceso en el referido caso, identificando las posibles afectaciones a
derechos fundamentales y examinando los mecanismos jurídicos orientados a garantizar la
verdad, la justicia y la reparación integral. Para alcanzar dicho propósito, se plantea como
problema jurídico la siguiente interrogante: ¿cómo determinar una reparación efectiva frente
a condenas injustas y vulneraciones graves de derechos humanos? El estudio se desarrolla
mediante una metodología de carácter jurídico-doctrinal basada en el análisis de la normativa
constitucional, la doctrina especializada y los estándares nacionales e internacionales
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aplicables a la protección de los derechos humanos (Alcázar-Del Castillo et al., 2024; Cadena-
Freire & Bermúdez-Santana, 2023).
El debido proceso como garantía de los derechos fundamentales
El debido proceso constituye un conjunto de garantías destinadas a asegurar que el ejercicio
de la potestad estatal se encuentre sometido a la Constitución, la ley y los derechos
fundamentales. Su finalidad trasciende la observancia formal de determinadas reglas
procesales, pues comprende las condiciones necesarias para que las personas puedan ejercer
efectivamente sus derechos frente a cualquier actuación estatal que pueda afectar su situación
jurídica. En este sentido, el debido proceso opera como un límite al poder público y como una
garantía frente a decisiones arbitrarias.
Desde la perspectiva constitucional, el debido proceso comprende garantías
relacionadas con la defensa, la presunción de inocencia, la legalidad, la motivación de las
decisiones, el derecho a presentar y controvertir pruebas, la imparcialidad de las autoridades
y el cumplimiento de las condiciones que aseguren un procedimiento justo. Su aplicación debe
comprender no solamente la etapa estrictamente judicial, sino también aquellas actuaciones
estatales que puedan incidir directamente en el ejercicio o protección de los derechos
fundamentales.
En el ámbito interamericano, las garantías judiciales y la protección judicial se
encuentran estrechamente vinculadas con la obligación estatal de respetar y garantizar los
derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Corte
Interamericana ha establecido que, ante alegaciones de graves violaciones de derechos
humanos, el Estado debe desarrollar investigaciones serias, imparciales y efectivas, orientadas
al esclarecimiento de los hechos y a la determinación de las responsabilidades
correspondientes.
Garantías judiciales y tutela judicial efectiva
Las garantías judiciales adquieren especial relevancia cuando se produce una vulneración de
derechos fundamentales, debido a que permiten activar mecanismos institucionales
destinados a esclarecer los hechos, determinar responsabilidades y proporcionar una
respuesta jurídica adecuada a las víctimas. Por ello, el derecho de acceso a la justicia no puede
entenderse únicamente como la posibilidad formal de acudir ante una autoridad
jurisdiccional, sino como el derecho a obtener una respuesta efectiva dentro de un plazo
razonable.
La tutela judicial efectiva se relaciona, por tanto, con la existencia de recursos
adecuados y efectivos, la independencia e imparcialidad de las autoridades, la debida
motivación de las decisiones y la ejecución de las resoluciones adoptadas. La Corte
Interamericana ha señalado que la investigación de violaciones de derechos humanos debe
realizarse de oficio, sin dilaciones indebidas y con la debida diligencia, de manera que permita
esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades correspondientes.
En consecuencia, la efectividad de las garantías procesales debe analizarse no solo
desde la perspectiva de las formalidades observadas durante un procedimiento, sino también
desde su capacidad real para producir verdad, justicia y protección de los derechos de las
víctimas y sus familiares.
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Debida diligencia en la investigación de violaciones de derechos humanos
La debida diligencia constituye un estándar fundamental para valorar la actuación de las
autoridades frente a posibles violaciones de derechos humanos. No supone únicamente la
realización de determinadas diligencias, sino la obligación de emplear todos los medios
disponibles para esclarecer los hechos, identificar a los responsables y evitar que la
investigación se limite a actuaciones fragmentarias o carentes de conexión.
En casos relacionados con desapariciones o muertes presuntamente vinculadas con
agentes estatales, este deber adquiere particular importancia. La Corte Interamericana ha
establecido que las investigaciones deben considerar la complejidad de los hechos, el contexto
en que ocurrieron, las posibles estructuras de participación y las distintas líneas lógicas de
investigación, evitando omisiones en la obtención y valoración de la prueba.
Asimismo, la jurisprudencia interamericana ha destacado que, cuando existen
elementos que permiten presumir una desaparición, la obligación estatal de investigar surge
de oficio y no depende de la iniciativa procesal de los familiares. La investigación debe
orientarse tanto a esclarecer lo sucedido como a determinar el destino o paradero de la víctima
y las responsabilidades individuales y estatales que correspondan.
Protección reforzada de niños, niñas y adolescentes
La condición de niños, niñas y adolescentes introduce un elemento adicional en el análisis de
las obligaciones estatales, debido a que este grupo requiere una protección especial derivada
de su situación de desarrollo y vulnerabilidad. En consecuencia, las autoridades tienen el
deber de adoptar medidas reforzadas para prevenir afectaciones a sus derechos y garantizar
una respuesta institucional adecuada cuando estas se producen.
El Sistema Interamericano ha desarrollado estándares específicos respecto de la
actuación estatal frente a violaciones de derechos de niños, niñas y adolescentes. En particular,
ha señalado que las investigaciones relacionadas con desapariciones de menores deben
realizarse con especial diligencia, atendiendo a las circunstancias particulares de las víctimas
y a la necesidad de establecer prontamente su suerte y paradero.
Esta perspectiva permite comprender que, en situaciones que involucran a menores de
edad, el análisis del debido proceso no puede desvincularse del principio del interés superior
del niño ni de las obligaciones reforzadas de protección que corresponden al Estado.
Responsabilidad estatal, verdad, justicia y reparación integral
La responsabilidad estatal constituye otra categoría fundamental para el análisis de las
garantías del debido proceso en contextos de graves vulneraciones de derechos humanos. La
existencia de una posible participación de agentes públicos genera para el Estado obligaciones
que comprenden tanto la prevención de las violaciones como la investigación, sanción y
reparación cuando estas se producen.
Desde esta perspectiva, la investigación efectiva representa una garantía de los
derechos de las víctimas y sus familiares y, simultáneamente, un mecanismo para combatir la
impunidad. La jurisprudencia interamericana ha sostenido que, en casos de graves
violaciones, la investigación debe permitir establecer las responsabilidades correspondientes
y adoptar medidas dirigidas a garantizar el derecho a la verdad, la justicia y la reparación.
La reparación integral, por su parte, no se limita a una compensación económica.
Comprende un conjunto de medidas destinadas, según las circunstancias del caso, a restituir
derechos, reparar los daños ocasionados, satisfacer a las víctimas y establecer garantías de no
repetición. De esta manera, la reparación se vincula directamente con la efectividad de las
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garantías judiciales, puesto que una respuesta estatal que no esclarezca los hechos ni atienda
adecuadamente las consecuencias de la vulneración puede resultar insuficiente frente a la
gravedad de los derechos afectados.
El debido proceso como eje de análisis del caso Niños de Las Malvinas
A partir de las categorías expuestas, el debido proceso puede ser entendido como un eje
transversal para examinar la actuación de las instituciones estatales antes, durante y después
de los hechos objeto de estudio. En el caso de los Niños de Las Malvinas, este análisis requiere
considerar, entre otros aspectos, la legalidad de la actuación de los agentes estatales, las
condiciones en que se produjo la intervención, las actuaciones posteriores de búsqueda e
investigación, la preservación y valoración de los elementos probatorios, la determinación de
responsabilidades, el acceso de los familiares a la justicia y la adopción de medidas de
reparación.
El análisis jurídico debe diferenciar, además, entre la determinación de hechos que se
encuentren debidamente acreditados y las hipótesis o alegaciones que se encuentren
sometidas a investigación. Esta distinción resulta esencial para preservar las garantías del
debido proceso y evitar que el análisis académico sustituya a las autoridades competentes en
la determinación de responsabilidades individuales.
En este marco, los estándares constitucionales ecuatorianos y los desarrollados por el
Sistema Interamericano permiten construir un parámetro de análisis orientado a determinar
si la respuesta institucional frente a los hechos ha observado las exigencias de legalidad,
investigación efectiva, debida diligencia, plazo razonable, tutela judicial efectiva, protección
reforzada de los menores de edad, determinación de responsabilidades, verdad, reparación
integral y garantías de no repetición. Estos elementos proporcionan el fundamento conceptual
para examinar, en el desarrollo del artículo, el alcance de las garantías del debido proceso en
el caso estudiado.
MATERIALES Y MÉTODOS
La investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, debido a que su propósito no se
orienta a la obtención de resultados estadísticos o cuantificables, sino a la comprensión e
interpretación del alcance de las garantías del debido proceso, la responsabilidad estatal y los
mecanismos de reparación integral frente a posibles vulneraciones graves de derechos
humanos. Este enfoque posibilita abordar el fenómeno jurídico desde una perspectiva
interpretativa y crítica, atendiendo al contenido, sentido y alcance de las normas, principios y
valores que sustentan la protección de los derechos fundamentales en el Estado constitucional
de derechos y justicia (Nizama Valladolid & Nizama Chávez, 2020).
Por su naturaleza, el estudio corresponde a una investigación jurídico-doctrinal de
carácter documental, sustentada en la revisión, selección, análisis e interpretación de fuentes
jurídicas y académicas especializadas. Se examinaron artículos científicos, doctrina jurídica,
normativa nacional, instrumentos internacionales de derechos humanos y criterios
jurisprudenciales relacionados con las garantías del debido proceso, la desaparición forzada,
la responsabilidad estatal y la reparación integral. El análisis documental permitió organizar
y sistematizar los principales aportes teóricos y jurídicos vinculados con el objeto de estudio,
proporcionando fundamentos para la construcción de argumentos orientados a la
comprensión del problema jurídico planteado (Rodríguez Cairo et al., 2024).
El método jurídico-dogmático permitió examinar el contenido y alcance de las
disposiciones constitucionales y de los principios jurídicos relacionados con la protección de
los derechos fundamentales, con particular atención a la libertad personal, la seguridad
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jurídica, la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la responsabilidad del Estado. Su
aplicación posibilitó identificar las obligaciones jurídicas que corresponden al Estado frente a
hechos que pudieran configurar graves vulneraciones de derechos humanos, a partir de las
disposiciones que integran el ordenamiento jurídico nacional y de los estándares
internacionales aplicables (Vargas-Chaves, 2025).
El método analítico-sintético se aplicó para desagregar los principales elementos
jurídicos que confluyen en el caso de los Niños de Las Malvinas, entre ellos la actuación de
agentes estatales, las garantías procesales, las obligaciones de investigación y los mecanismos
de reparación integral. El análisis particularizado de estos componentes permitió establecer
sus relaciones y posteriormente integrarlos en una interpretación articulada, orientada a
determinar cómo interactúan dentro del marco de protección de los derechos humanos y a
responder al problema jurídico formulado. La articulación de este método con los demás
procedimientos de análisis contribuyó a una comprensión integral del fenómeno jurídico
estudiado (Pérez Carrillo, 2024).
La investigación incorporó el método hermenéutico-jurídico para interpretar el
contenido y alcance de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución de la República
del Ecuador y en los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes. Este
método permitió establecer el sentido jurídico de las disposiciones aplicables y analizar su
relación con las circunstancias objeto de estudio, particularmente en lo referente al debido
proceso, el acceso a la justicia, la obligación estatal de investigar, el derecho a la verdad y la
reparación integral. Desde esta perspectiva, la interpretación jurídica se orientó a determinar
la correspondencia entre las obligaciones estatales y los estándares de protección de los
derechos humanos aplicables al caso (Mila Maldonado et al., 2021).
Hechos del caso niños de las Malvinas
El caso de los Niños de Las Malvinas constituye uno de los hechos de mayor impacto jurídico
y social en el Ecuador contemporáneo, debido a las presuntas vulneraciones de derechos
humanos cometidas contra menores de edad en el contexto de una intervención estatal. Los
hechos ocurrieron el 8 de diciembre de 2024, en el sector Las Malvinas, ubicado al sur de
Guayaquil, cuando Ismael Arroyo, de 15 años; Josué Arroyo, de 14 años; Nehemías Arboleda,
de 15 años; y Steven Medina, de 11 años, desaparecieron luego de salir a jugar fútbol en las
inmediaciones del Mall del Sur. Conforme a registros audiovisuales y testimonios
proporcionados por sus familiares, los adolescentes habrían sido interceptados por miembros
de una patrulla militar perteneciente a las Fuerzas Armadas ecuatorianas, quienes los
trasladaron en vehículos institucionales. Desde ese momento, el caso generó preocupación
pública debido a la presunta participación de agentes estatales y a las inconsistencias
presentadas por las autoridades durante las primeras actuaciones investigativas.
Las investigaciones desarrolladas posteriormente por la fiscalía general del Estado
permitieron reconstruir parcialmente los acontecimientos ocurridos tras la aprehensión de los
menores. Según información difundida dentro del proceso investigativo, uno de los
adolescentes logró comunicarse telefónicamente con su padre mediante un teléfono prestado,
manifestando que tanto él como sus acompañantes fueron golpeados, desnudados y
abandonados en el sector de Taura, provincia del Guayas. Después de dicha llamada no volvió
a conocerse el paradero de los menores durante varios días, situación que provocó denuncias
inmediatas por parte de sus familiares, así como movilizaciones sociales y pronunciamientos
de organizaciones defensoras de derechos humanos. Paralelamente, comenzaron a difundirse
grabaciones de cámaras de seguridad y testimonios ciudadanos que confirmaban la
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participación de vehículos militares en el traslado de las víctimas, fortaleciendo las hipótesis
relacionadas con una desaparición forzada atribuible a agentes estatales.
Frente a la presión social y mediática generada por el caso, la Fiscalía inició
investigaciones por el delito de desaparición forzada, formulando cargos contra varios
integrantes de las Fuerzas Armadas ecuatorianas. Durante el proceso investigativo se
recopilaron diversos elementos probatorios, entre ellos registros telefónicos, grabaciones
audiovisuales, testimonios y pericias técnicas vinculadas con el operativo militar ejecutado el
día de los hechos. No obstante, las actuaciones institucionales fueron objeto de
cuestionamientos debido a las contradicciones emitidas inicialmente por autoridades
militares y gubernamentales, así como por la demora en proporcionar información clara y
verificable respecto al paradero de los menores desaparecidos. Estas circunstancias
evidenciaron falencias en el actuar estatal y generaron dudas sobre la eficacia de los
mecanismos institucionales destinados a la protección de derechos fundamentales y a la
investigación de graves violaciones de derechos humanos.
Desde una perspectiva constitucional y convencional, el caso evidenció vulneraciones
a derechos fundamentales reconocidos tanto en la Constitución de la República del Ecuador
como en instrumentos internacionales de derechos humanos. Entre los derechos afectados se
encuentran el derecho a la vida, la integridad personal, la libertad, la seguridad jurídica y las
garantías del debido proceso. Asimismo, al tratarse de víctimas menores de edad, el Estado
mantenía una obligación reforzada de protección y garantía de sus derechos fundamentales.
Posteriormente, las investigaciones forenses determinaron que los cuerpos encontrados en
Taura presentaban signos de violencia extrema, impactos de bala y posibles indicios de
tortura, circunstancias que fortalecieron las hipótesis de desaparición forzada y ejecución
extrajudicial. En este contexto, la reparación integral adquiere especial relevancia jurídica,
debido a que no se limita únicamente a una compensación económica, sino que comprende
medidas orientadas al restablecimiento de derechos, garantías de no repetición, rehabilitación
y reconocimiento de responsabilidad estatal. Al respecto, Guamán y Viera (2022) sostienen
que la reparación integral constituye un mecanismo esencial dentro del sistema penal
ecuatoriano para restituir, en la mayor medida posible, los derechos vulnerados de las
víctimas.
El caso de los niños de las Malvinas adquirió una significativa relevancia jurídica y
social dentro del Ecuador, debido a que permitió visibilizar cuestionamientos relacionados
con la actuación estatal frente a presuntas violaciones graves de derechos humanos cometidas
por miembros de las Fuerzas Armadas. Además, el caso evidenció debates respecto a la
eficacia de los mecanismos de tutela judicial efectiva, investigación estatal y reparación
integral frente a vulneraciones de derechos fundamentales. En este sentido, Villacís y Herrera
(2023) sostienen que la reparación integral constituye un elemento indispensable dentro de la
protección constitucional de derechos, debido a que no solo comprende medidas
indemnizatorias, sino también mecanismos orientados al esclarecimiento de la verdad, la
sanción de los responsables y la garantía de no repetición. De igual manera, Vera (2020) señala
que la reparación integral debe entenderse como un mecanismo amplio de restauración de
derechos y dignidad humana, particularmente en aquellos casos donde exista responsabilidad
estatal derivada de actuaciones arbitrarias o ilegales. Por ello, este caso se configura como un
referente relevante para el análisis de las garantías del debido proceso y de la necesidad de
establecer mecanismos efectivos de reparación frente a vulneraciones graves de derechos
humanos.
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Garantias del Debido Proceso
Garantías del debido proceso en el caso de los Niños de Las Malvinas
Las garantías del debido proceso adquieren especial relevancia cuando el Estado ejerce su
potestad de investigar, juzgar o sancionar, pues en estos escenarios existe un mayor riesgo de
afectación a los derechos fundamentales de las personas. En consecuencia, las autoridades
judiciales y administrativas tienen la obligación de actuar con apego a los principios de
legalidad, imparcialidad, motivación, contradicción y derecho a la defensa, garantizando que
toda actuación se desarrolle dentro de un procedimiento previamente establecido por la ley.
El incumplimiento de estas garantías no solo puede generar la nulidad de las actuaciones
procesales, sino también comprometer la responsabilidad del Estado por la vulneración de
derechos constitucionales y convencionales.
Desde esta perspectiva, el debido proceso constituye un mecanismo de control frente
al ejercicio del poder público, orientado a impedir decisiones arbitrarias y a fortalecer la
confianza de la ciudadanía en el sistema de administración de justicia. Su observancia exige
que las autoridades fundamenten adecuadamente sus decisiones, respeten el principio de
igualdad procesal y aseguren que las personas dispongan de recursos judiciales idóneos para
cuestionar actuaciones que puedan afectar sus derechos. Como señalan Jaramillo-Rambay,
Macías-Salazar y Vilela-Pincay (2022), la protección efectiva de los derechos fundamentales
depende de la aplicación coordinada de las garantías constitucionales y de mecanismos
procesales que permitan corregir oportunamente las vulneraciones producidas durante el
desarrollo de un proceso.
De igual manera, la garantía del debido proceso trasciende el ámbito estrictamente
procesal y se proyecta como un principio rector del Estado constitucional de derechos y
justicia. Su finalidad no se limita a asegurar el cumplimiento de formalidades legales, sino que
busca que las decisiones adoptadas por las autoridades sean legítimas, razonables y
respetuosas de la dignidad humana. En este contexto, Mendoza y Loor (2023) sostienen que
la protección de los derechos de las personas requiere mecanismos de reparación acordes con
los estándares constitucionales e internacionales, especialmente cuando las actuaciones
estatales ocasionan afectaciones graves. Asimismo, Salazar Ortiz y Jaramillo Ochoa (2023)
destacan que la garantía efectiva de los derechos comprende no solo el acceso a la justicia, sino
también la adopción de medidas orientadas al restablecimiento de los derechos vulnerados y
a la prevención de nuevas transgresiones. Por ello, el debido proceso constituye uno de los
principales parámetros para evaluar la legitimidad de la actuación estatal y la efectividad del
sistema de protección de los derechos humanos.
Tabla 1
Garantías del debido proceso en el caso de los Niños de Las Malvinas
Etapas del proceso
penal según el
COIP
Actuaciones en el caso niños de
las Malvinas
Análisis de las garantías del debido proceso
Noticias crímenes
e investigaciones
previas
La investigación se inició el 9 de
diciembre de 2024, tras la denuncia
presentada por el padre de una de
las víctimas. Inicialmente la causa
fue desconocida por la Fiscalía
Especializada en Delincuencia
Organizada Transnacional e
Internacional y posterior paso a
unidad especializada del uso
ilegitimo de la fuerza
Conforme al COIP, la investigación previa
tiene por finalidad verificar la existencia del
delito e identificar a los posibles
responsables. En este caso, la apertura de la
investigación fue oportuna; sin embargo, las
primeras actuaciones fueron cuestionadas
por la demora en esclarecer el paradero de
las víctimas y por las versiones
contradictorias emitidas por distintas
autoridades, circunstancias que incidieron en
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el derecho de los familiares a obtener una
investigación diligente.
Formulación de
cargos e
instrucción fiscal
Fiscalía formuló cargos por el
presunto delito de desaparición
forzada contra dieciséis militares y
posteriormente vinculó a un oficial
adicional. Durante esta etapa se
practicaron pericias, inspecciones,
reconstrucciones, análisis de
cámaras de seguridad, informes de
genética y testimonios.
Esta fase se desarrolló conforme al
procedimiento ordinario previsto en el COIP,
respetando el derecho de defensa de los
procesados y permitiendo la incorporación
de elementos de convicción. La práctica de
diligencias investigativas fue determinante
para sustentar la teoría del caso presentada
por la Fiscalía.
Etapas de
evaluación y
preparatoria de
juicio
El juez acogió el dictamen
acusatorio y dictó auto de
llamamiento a juicio para los
procesados al considerar que
existían suficientes elementos para
presumir su participación en el
delito investigado.
La decisión evidencia el control judicial
sobre la investigación fiscal y la valoración
de los elementos de convicción conforme al
COIP. Esta etapa permitió garantizar la
legalidad del proceso antes de la apertura
del juicio oral.
Etapas de juicio
Durante el juicio se practicaron
testimonios, pericias técnicas,
informes periciales, registros
audiovisuales y demás pruebas
presentadas por las partes. El
debate oral se desarrolló en varias
jornadas antes de la emisión del
fallo.
En esta fase se materializaron principios
esenciales del debido proceso como la
contradicción, la inmediación, la publicidad
y el derecho de las partes a presentar y
controvertir la prueba, conforme a los
principios previstos en el COIP.
Sentencia de
primera instancia
El 22 de diciembre de 2025, el
Tribunal de Garantías Penales
declaró culpables a dieciséis
militares por el delito de
desaparición forzada e impuso
penas de hasta 34 años y 8 meses
de privación de libertad, al
considerar acreditada la
materialidad del delito y la
responsabilidad penal de los
procesados. El Tribunal concluyó
que las actuaciones de los militares
se apartaron del debido proceso al
no poner a los menores a órdenes
de la autoridad competente y
construir posteriormente una
versión falsa de los hechos.
La sentencia constituye un precedente
relevante porque reconoce la obligación
estatal de respetar el debido proceso incluso
durante operaciones de seguridad. El
Tribunal fundamentó su decisión en la
valoración conjunta de la prueba testimonial,
documental y pericial, concluyendo que
existió una privación ilegal de libertad
seguida de desaparición forzada, lo que
evidencia que el incumplimiento de las
garantías constitucionales puede generar
responsabilidad penal para los agentes
estatales.
El contraste entre las etapas previstas en el Código Orgánico Integral Penal y el desarrollo
procesal del caso de los Niños de Las Malvinas evidencia que, una vez iniciada la
investigación penal, las actuaciones de la Fiscalía y de los órganos jurisdiccionales se ajustaron
al procedimiento ordinario establecido en el COIP, permitiendo el ejercicio del derecho a la
defensa, la práctica de prueba y el control judicial de las decisiones procesales. No obstante,
el análisis del caso también demuestra que las presuntas vulneraciones al debido proceso se
produjeron en la actuación inicial de los agentes estatales, quienes, según la sentencia de
primera instancia, privaron ilegalmente de la libertad a las víctimas sin observar los
procedimientos legalmente establecidos ni ponerlas a disposición de la autoridad competente.
La sentencia condenatoria constituye un precedente relevante porque reafirma que el respeto
al debido proceso es exigible desde el primer momento de la intervención estatal y que su
inobservancia puede derivar en responsabilidad penal y en la obligación del Estado de
garantizar verdad, justicia y reparación a las víctimas.
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DISCUSIÓN
El análisis del caso de los Niños de Las Malvinas evidencia que las garantías del debido
proceso constituyen límites esenciales frente al ejercicio del poder estatal, especialmente
cuando las actuaciones de los organismos de seguridad pueden comprometer derechos
fundamentales de personas en situación de vulnerabilidad. Los hechos ocurridos el 8 de
diciembre de 2024 revelan que una intervención estatal que no se encuentre debidamente
sometida a los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y control institucional
puede derivar en graves afectaciones a derechos como la libertad personal, la integridad física
y la vida. En consecuencia, el debido proceso debe ser entendido como una garantía de
protección integral aplicable no únicamente durante el desarrollo de un proceso judicial, sino
también en toda actuación estatal susceptible de restringir derechos, criterio que coincide con
lo señalado por Alcázar-Del Castillo et al. (2024) y Silva Medina y Pozo Cabrera (2024),
quienes sostienen que el debido proceso representa una condición indispensable para
asegurar la actuación legítima del Estado dentro del marco constitucional.
Desde la perspectiva de los derechos humanos, el caso permite advertir que la posible
participación de agentes estatales en una desaparición forzada genera una responsabilidad
agravada para el Estado, no solamente por la presunta vulneración inicial de derechos, sino
también por su obligación de desplegar una investigación inmediata, imparcial, exhaustiva y
orientada al esclarecimiento de la verdad. En este sentido, la tutela judicial efectiva adquiere
una dimensión trascendental, debido a que los familiares de las víctimas tienen derecho a
conocer lo ocurrido, a que los responsables sean identificados y sancionados conforme a la
ley, y a que los órganos estatales actúen con la debida diligencia requerida en casos de especial
gravedad. Esta postura se relaciona con lo desarrollado por López Domínguez (2024), quien
establece que el acceso a una justicia efectiva implica la obtención de respuestas estatales
reales y no únicamente la existencia formal de mecanismos judiciales; asimismo, Cadena-
Freire y Bermúdez-Santana (2023) señalan que frente a hechos de desaparición forzada la
actuación estatal debe orientarse a garantizar verdad, justicia y reparación integral.
De igual manera, el estudio permite establecer que la reparación frente a graves
vulneraciones de derechos humanos no puede reducirse exclusivamente al reconocimiento de
una compensación económica. En casos como el de los Niños de Las Malvinas, donde existen
afectaciones irreparables relacionadas con la pérdida de la vida, la reparación integral debe
comprender un conjunto de medidas orientadas a restituir la dignidad de las víctimas y sus
familias, incluyendo el esclarecimiento de los hechos, el reconocimiento de responsabilidad,
la atención psicológica, la implementación de garantías de no repetición y la adopción de
reformas institucionales que eviten que hechos similares vuelvan a producirse. Esta
concepción coincide con Guamán y Viera (2022) y Vera (2020), quienes sostienen que la
reparación integral dentro del ordenamiento ecuatoriano tiene una naturaleza amplia, pues
busca restaurar de la manera más adecuada posible las consecuencias derivadas de la
vulneración de derechos.
En relación con el problema jurídico planteado en la presente investigación, se
considera que la determinación de una reparación efectiva frente a actuaciones estatales
injustas exige un análisis individualizado de los daños ocasionados y una respuesta estatal
proporcional a la gravedad de las vulneraciones cometidas. No obstante, es necesario precisar
que la eficacia de la reparación no depende únicamente de la emisión de una resolución
judicial que la reconozca, sino de la implementación material de medidas capaces de
garantizar la satisfacción de los derechos vulnerados. En este sentido, la reparación integral
debe concebirse como un proceso continuo de reconocimiento, restitución y garantía de no
repetición, conforme a los parámetros constitucionales y a la jurisprudencia nacional sobre
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protección de derechos fundamentales, como lo explican Villacís y Herrera (2023) y Cedeño y
Zambrano (2023).
Los resultados del análisis permiten sostener que el caso de los Niños de Las Malvinas
constituye un precedente de gran relevancia para el sistema jurídico ecuatoriano, debido a
que evidencia la necesidad de fortalecer los mecanismos de control sobre las actuaciones de
los agentes estatales y garantizar investigaciones independientes cuando existen indicios de
violaciones graves a los derechos humanos. La protección efectiva del debido proceso requiere
no solo normas constitucionales que reconozcan derechos, sino instituciones capaces de
aplicarlas de manera transparente, oportuna y eficaz. Por ello, la verdadera garantía de no
repetición dependerá de la capacidad del Estado para asumir responsabilidades, corregir las
deficiencias institucionales identificadas y adoptar medidas que aseguren una protección
reforzada hacia niños, niñas y adolescentes, quienes merecen un nivel superior de protección
dentro del Estado constitucional de derechos y justicia (Toro Paredes & Redrobán Barreto,
2022; Domínguez Vásquez, 2023).
CONCLUSIONES
El análisis del caso de los Niños de Las Malvinas permite establecer que las garantías del
debido proceso constituyen límites sustantivos al ejercicio del poder estatal. Su alcance no se
circunscribe al desarrollo formal de los procedimientos judiciales, sino que comprende toda
actuación de las autoridades públicas susceptible de afectar derechos fundamentales. En este
sentido, la intervención de agentes estatales debe desarrollarse dentro de los principios de
legalidad, proporcionalidad, seguridad jurídica y respeto a la dignidad humana, con especial
consideración hacia los niños, niñas y adolescentes, quienes son titulares de una protección
reforzada tanto en el ordenamiento constitucional ecuatoriano como en los instrumentos
internacionales de derechos humanos.
Ante la posible participación de agentes estatales en hechos que pudieran constituir
graves vulneraciones de derechos humanos, las obligaciones del Estado trascienden el inicio
formal de una investigación. Se requiere una actuación institucional diligente, imparcial,
transparente y orientada al esclarecimiento integral de los hechos, la identificación de las
responsabilidades que correspondan y la garantía de los derechos de las víctimas y sus
familiares. Bajo esta perspectiva, la tutela judicial efectiva adquiere una dimensión sustancial,
pues comprende el acceso real a mecanismos de justicia capaces de contribuir al
esclarecimiento de la verdad, evitar situaciones de impunidad y garantizar una respuesta
institucional acorde con la gravedad de los hechos investigados.
La reparación frente a vulneraciones graves de derechos humanos debe responder a
una concepción integral del daño y, por tanto, no puede reducirse a una compensación
económica. Su alcance comprende, de acuerdo con las circunstancias de cada caso, medidas
de restitución, rehabilitación, satisfacción, reconocimiento de la verdad, compensación y
garantías de no repetición. Estas medidas deben atender tanto las consecuencias individuales
y familiares de la vulneración como las dimensiones institucionales y sociales derivadas de
los hechos. La reparación integral adquiere así una función jurídica y restaurativa orientada
al reconocimiento de la dignidad de las víctimas, la atención de los daños ocasionados y la
prevención de nuevas vulneraciones.
El caso de los Niños de Las Malvinas pone de manifiesto la necesidad de fortalecer los
mecanismos de control sobre la actuación de los agentes públicos y de asegurar que las
instituciones encargadas de investigar y administrar justicia desarrollen sus funciones
conforme a los estándares constitucionales y de derechos humanos. La protección efectiva del
debido proceso requiere que el reconocimiento normativo de las garantías se traduzca en
actuaciones estatales oportunas, diligentes y eficaces, capaces de asegurar el esclarecimiento
Las garantías del debido proceso en el caso niños de las Malvinas
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de los hechos, el acceso a la justicia, la determinación de responsabilidades, la reparación
integral y la adopción de medidas que contribuyan a evitar la repetición de vulneraciones de
similar naturaleza.
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